Hacienda · Solvencia · Autónomos · 2026

Hipoteca autónomos con deudas con Hacienda

Tener una deuda tributaria no significa automáticamente que no puedas pedir hipoteca. Lo importante es conocer su estado, regularizarla cuando corresponda y demostrar que la cuota futura encaja con tus ingresos y el resto de compromisos.

Revisar mis opciones →Ver certificado tributario
Autónoma revisando documentación tributaria antes de pedir una hipoteca
Primero aclara estado de la deuda, calendario y caja disponible. Después compara hipotecas.VIVENDAIA · Guía 2026
En 30 segundosHacienda no es CIRBE: una deuda tributaria se analiza por su estado, coste mensual y efecto en la solvencia.
01Consulta la deuda

Importe, fase, vencimientos y posibles actuaciones.

02Documenta la regularización

Pago, aplazamiento, fraccionamiento o suspensión si procede.

03Calcula la caja real

La cuota tributaria y las deudas bancarias reducen margen hipotecario.

Punto de partida

¿Puedo pedir una hipoteca siendo autónomo si tengo deudas con Hacienda?

Tener una deuda con Hacienda no crea por sí solo una prohibición legal general para solicitar una hipoteca. Lo que sí cambia es la lectura de solvencia: el banco debe comprobar que puedes asumir la nueva cuota junto con tus obligaciones actuales y futuras. En un autónomo, una deuda tributaria puede ser una señal de tensión de tesorería, pero su significado depende mucho de la situación concreta: no es lo mismo una liquidación reciente dentro del período voluntario que una deuda ya en vía ejecutiva, ni una deuda desatendida que otra correctamente aplazada y pagada según calendario.

La Ley 5/2019 obliga al prestamista a evaluar en profundidad la solvencia antes de conceder un préstamo inmobiliario. Debe tener en cuenta la situación profesional, ingresos presentes y previsibles, ahorro, activos, gastos fijos y compromisos ya asumidos. Por tanto, la pregunta útil no es solo «¿debo dinero a Hacienda?», sino qué importe debo, en qué fase está, qué cuota mensual exige, si está regularizada y cuánto margen deja para la hipoteca.

En este contexto, la transparencia es más importante que intentar presentar un expediente incompleto. El banco puede pedir pruebas suficientes para realizar su evaluación y, si no puede verificar la información necesaria, no puede conceder el préstamo. Para un autónomo con deuda tributaria, preparar una explicación clara y documentos actualizados suele ser más útil que limitarse a esperar que la deuda no aparezca en una consulta bancaria.

Situación tributaria

Qué significa exactamente «tener una deuda con Hacienda»

La expresión engloba situaciones distintas. Puede existir una autoliquidación presentada con importe a ingresar que todavía está dentro de plazo, una deuda vencida en período voluntario, una deuda en período ejecutivo, un aplazamiento o fraccionamiento concedido, una suspensión por recurso o incluso un procedimiento de apremio con actuaciones de recaudación. Desde el punto de vista hipotecario, mezclar todos estos casos produce conclusiones demasiado simples.

La diferencia práctica está en el grado de regularización y en el impacto sobre la caja. Una deuda correctamente aplazada genera pagos futuros que deben incorporarse al presupuesto mensual. Una deuda en ejecutivo no regularizada puede dar lugar a recargos y actuaciones de cobro, y transmite una fotografía financiera más difícil de defender. Una deuda suspendida o aplazada puede tener un tratamiento distinto a efectos del certificado tributario.

Situación orientativaQué conviene comprobarQué puede importar en la hipoteca
Deuda en período voluntarioFecha límite, importe y forma prevista de pagoSalida de caja próxima y liquidez restante
Deuda en período ejecutivoRecargos, providencia y estado de recaudaciónMayor tensión financiera y posible actuación de cobro
Aplazada o fraccionadaResolución, calendario y pagos al díaCuota recurrente que debe entrar en el presupuesto
SuspendidaResolución o procedimiento que justifica la suspensiónNecesidad de documentar bien la situación

Antes de hablar con entidades, descarga o consulta la información de la AEAT y clasifica la deuda por estado. Esa simple separación evita diseñar una estrategia hipotecaria basada en una cifra que no explica la realidad.

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¿Tienes una deuda tributaria y no sabes cómo encaja con tu hipoteca?

Ordena primero importe, estado, calendario de pagos, ingresos netos y ahorro disponible. Después compara posibles escenarios de financiación.

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CIRBE

¿Las deudas con Hacienda aparecen en la CIRBE?

La CIRBE del Banco de España recoge riesgos declarados por entidades financieras: préstamos, créditos, avales y garantías. No es un registro general de todas las deudas de una persona y, por tanto, una deuda tributaria con la AEAT no aparece en CIRBE simplemente por ser deuda con Hacienda. Eso no significa que sea invisible para el análisis hipotecario.

El banco consultará CIRBE para conocer tus riesgos financieros y también puede solicitar documentación necesaria para verificar tu solvencia. En autónomos es habitual que el expediente sea más documental: declaraciones fiscales, extractos, justificantes de ingresos, información de deudas y otros soportes que ayuden a reconstruir la capacidad de pago. Una deuda tributaria puede ser relevante porque afecta a la tesorería, puede estar reflejada en salidas de cuenta y puede condicionar la obtención de determinados certificados.

La conclusión correcta es doble: Hacienda y CIRBE son fuentes distintas, pero ambas pueden formar parte de la fotografía financiera final. Si además tienes préstamos bancarios, tarjetas o avales, conviene revisar también tu informe CIRBE antes de solicitar.

Documento clave

Certificado de estar al corriente de obligaciones tributarias

La Agencia Tributaria permite solicitar un certificado que acredita la situación respecto de las obligaciones tributarias. El resultado puede ser positivo o negativo. La normativa establece, entre otros requisitos, que no existan deudas o sanciones tributarias en período ejecutivo, salvo que estén aplazadas, fraccionadas o con la ejecución suspendida. Este matiz es importante: tener una deuda no siempre equivale automáticamente a obtener un certificado negativo si esa deuda está correctamente regularizada en una de esas situaciones.

La AEAT explica que los certificados pueden acreditar el cumplimiento de obligaciones y la existencia o inexistencia de deudas o sanciones pendientes. Para un expediente hipotecario, el valor de este documento dependerá de lo que pida la entidad. No existe en la Ley 5/2019 una regla que obligue a todos los bancos a exigir este certificado a cada solicitante, pero el prestamista sí puede pedir información y pruebas verificables que sean necesarias para evaluar la solvencia.

Si el certificado sale negativo, no conviene interpretar el resultado como una denegación hipotecaria automática. Primero identifica la causa: deuda, declaraciones no presentadas o ambas. Después corrige lo que corresponda y vuelve a documentar la situación antes de presentar el expediente bancario.

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Comprueba tu situación tributaria antes de enviar solicitudes

Un expediente preparado con certificado, resolución de aplazamiento y pagos al día es muy distinto de una deuda sin explicar.

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Regularización

¿Un aplazamiento o fraccionamiento puede ayudar?

La AEAT dispone de procedimientos para solicitar aplazamientos o fraccionamientos cuando la normativa lo permite. Desde la óptica de una futura hipoteca, el objetivo de un aplazamiento no es «borrar» la deuda, sino transformarla en una obligación ordenada, con resolución, vencimientos y trazabilidad. Esa previsibilidad facilita calcular la caja disponible cada mes.

Además, el Reglamento de gestión tributaria prevé expresamente que, a efectos del certificado de estar al corriente, las deudas en período ejecutivo que estén aplazadas, fraccionadas o suspendidas no impidan por ese solo motivo cumplir el requisito relativo a deudas ejecutivas. Esto no significa que el banco vaya a ignorar el pago mensual: la cuota del aplazamiento sigue siendo una salida real y debe incorporarse al análisis de solvencia.

Por eso, si tienes un fraccionamiento concedido, prepara la resolución, el calendario de pagos y justificantes recientes. Si la solicitud de aplazamiento todavía está pendiente, no presentes esa situación como si ya estuviera concedida. En temas fiscales, la precisión documental importa tanto como el importe.

Capacidad de pago

Cómo puede afectar una deuda tributaria a la solvencia hipotecaria

Una deuda con Hacienda puede afectar por tres vías. La primera es directa: obliga a destinar dinero a su pago y reduce el margen para la futura cuota. La segunda es de liquidez: si cancelarla exige consumir casi todo el ahorro, quizá mejores la fotografía de deuda pero empeores la entrada, los gastos y el colchón de emergencia. La tercera es cualitativa: la entidad puede querer entender por qué se originó y si fue un episodio puntual o refleja una tensión recurrente del negocio.

En autónomos hay que separar facturación de renta disponible. Una actividad que factura 100.000 euros al año puede tener costes elevados, impuestos pendientes y poca caja libre. Por eso el banco necesita ingresos sostenibles y verificables, no únicamente volumen de ventas. Si el aplazamiento tributario supone 350 euros al mes, esa salida debe convivir con préstamos, tarjetas, alquileres, pensiones, seguros y la nueva hipoteca.

La Ley 5/2019 exige considerar ingresos, ahorro, gastos fijos y compromisos asumidos. No existe un porcentaje único legal de deuda tributaria que permita o impida la hipoteca. El resultado depende del expediente completo y de los criterios internos de la entidad.

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Calcula el margen después de Hacienda, no antes

Usa ingresos netos sostenibles y resta todas las cuotas reales, incluida la del aplazamiento tributario, antes de estimar una hipoteca.

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Expediente

Qué documentación preparar si tienes deuda con Hacienda

Un buen expediente debe permitir que otra persona entienda la situación sin reconstruirla a partir de mensajes sueltos. Empieza por la documentación hipotecaria habitual del autónomo y añade la capa tributaria relevante. La entidad puede pedir documentos distintos según su política de riesgos, así que esta lista es una preparación práctica, no un listado legal universal.

BloqueDocumentos útilesObjetivo
Situación AEATConsulta de deudas y certificado tributario actualizadoAcreditar el estado actual
AplazamientoResolución, calendario y justificantes de cuotas pagadasMostrar regularización y coste mensual
IngresosIRPF, pagos fraccionados, IVA cuando proceda, extractosDemostrar capacidad de generación de caja
ActividadAlta, antigüedad, contratos, facturas, concentración de clientesExplicar continuidad profesional
Deuda bancariaInforme CIRBE y recibos de préstamosCompletar la carga financiera total
AhorroSaldos y movimientos coherentesAcreditar entrada, gastos y colchón

Si la deuda se originó por un hecho excepcional —por ejemplo, regularización de un ejercicio, retraso de cobros o cambio de estructura— prepara una explicación breve y respaldada. Evita textos defensivos o demasiado largos: fecha, causa, importe, solución adoptada y situación actual suelen ser suficientes para contextualizar.

Antes de solicitar

Cómo revisar tus deudas en la AEAT antes de pedir la hipoteca

La Sede Electrónica de la Agencia Tributaria dispone de gestiones para consultar, pagar, aplazar y fraccionar deudas. El primer paso es entrar con tu identificación y comprobar el listado real: concepto, importe pendiente, estado y opciones disponibles. No construyas el expediente a partir de una cifra recordada o de una carta antigua.

Si vas a pagar, conserva el justificante. La AEAT permite obtener justificantes de pago y facilita el acceso posterior al certificado tributario. Si vas a solicitar aplazamiento, guarda la solicitud y, cuando exista, la resolución. Si hay una discrepancia, recurso o suspensión, reúne los documentos que acrediten esa situación.

Haz esta revisión con tiempo. Una solicitud hipotecaria puede avanzar rápido cuando el expediente es claro, pero una incidencia tributaria que se descubre durante el análisis puede obligar a detenerlo, pedir nuevos documentos y recalcular la capacidad de pago.

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Revisa Hacienda antes de comparar bancos

Primero aclara cuánto debes, en qué fase está y qué cuota mensual genera. Después tiene sentido comparar posibles hipotecas.

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Decisión financiera

¿Conviene pagar la deuda antes de solicitar o mantener el aplazamiento?

No hay una respuesta universal. Pagar completamente puede eliminar una obligación mensual y simplificar el expediente, pero también puede consumir la entrada o el colchón que necesitabas para comprar vivienda. Mantener un aplazamiento puede preservar liquidez, aunque la cuota seguirá reduciendo capacidad hipotecaria y la entidad querrá entender la obligación.

Compara al menos dos escenarios. En el primero, mantienes el calendario tributario y calculas cuánto queda para hipoteca. En el segundo, cancelas total o parcialmente la deuda y vuelves a calcular ahorro, entrada y reserva de emergencia. Si la cancelación deja tu cuenta prácticamente a cero, el supuesto «beneficio» puede ser menor de lo que parece.

La prioridad debería ser que el plan completo sea sostenible: deuda regularizada, obligaciones futuras asumibles, fondos suficientes para la compra y un margen razonable para meses flojos de facturación. Evita decisiones cuyo único objetivo sea mejorar una cifra unas semanas antes de solicitar.

Riesgo operativo

Qué cambia si la deuda está en apremio o existe un embargo

Cuando una deuda entra en vía ejecutiva, la situación es más delicada porque la Administración puede desarrollar actuaciones de recaudación. La Sede de la AEAT separa expresamente los trámites de apremios y embargos dentro de la gestión de deudas. Si existe una diligencia de embargo o una retención sobre cuentas, el impacto en la liquidez puede ser visible en los movimientos bancarios y puede afectar directamente a la capacidad de pagar una futura hipoteca.

En esta fase no conviene presentar una solicitud hipotecaria como si la deuda fuera un simple recibo pendiente. Primero identifica la deuda exacta, revisa notificaciones, comprueba si existe posibilidad de pago, aplazamiento o actuación procedente según tu caso y obtén asesoramiento fiscal cuando sea necesario. La hipoteca no debería convertirse en una maniobra improvisada para tapar una situación recaudatoria que todavía no está entendida.

Si ya existe una solución formal y estás cumpliéndola, documenta la evolución. La diferencia entre un expediente caótico y uno regularizado no está solo en el saldo pendiente, sino en la previsibilidad de los pagos.

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Si la deuda está en ejecutivo, no improvises la solicitud

Aclara primero el procedimiento y su efecto mensual sobre tu caja. Después valora qué importe hipotecario sería sostenible.

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Fases

Deuda en período voluntario vs. deuda en período ejecutivo

Esta distinción ayuda a evitar alarmismos. En período voluntario todavía estás dentro del plazo de pago previsto para esa obligación. En período ejecutivo, el vencimiento ya pasó y se activa la fase de recaudación correspondiente. Para el banco, ambas pueden afectar a la liquidez, pero el contexto y la documentación no son iguales.

Si estás en voluntario y sabes que el pago reducirá tus ahorros, haz el cálculo con el saldo posterior, no con el saldo actual. Si estás en ejecutivo, revisa recargos, notificaciones y actuaciones existentes. Si la deuda está aplazada o suspendida, acredita esa situación formalmente. El certificado tributario también distingue la regularización de las deudas ejecutivas aplazadas, fraccionadas o suspendidas.

El objetivo es presentar una foto actual, no una foto optimista tomada justo antes de que salga dinero de la cuenta. En hipotecas, la solvencia se mide sobre la capacidad futura de cumplir, no sobre una captura puntual del saldo bancario.

Escenario frecuente

¿Se puede pedir hipoteca con una deuda de Hacienda aplazada?

Puede solicitarse, pero la entidad decidirá si la operación es viable. Un aplazamiento concedido aporta más estructura que una deuda desatendida: existe un calendario y se puede verificar el cumplimiento. Al mismo tiempo, cada cuota futura reduce la renta disponible para la hipoteca y debe incorporarse al presupuesto.

Desde el punto de vista tributario, la normativa del certificado de estar al corriente contempla expresamente las deudas ejecutivas aplazadas o fraccionadas. Desde el punto de vista bancario, en cambio, el banco sigue obligado a evaluar la solvencia total. Por eso un certificado positivo no equivale a una aprobación hipotecaria, del mismo modo que un certificado negativo no debería interpretarse sin revisar su causa.

Si tu aplazamiento termina en pocos meses, prepara también el dato de vencimiento final. Una cuota temporal elevada puede tener una lectura distinta de una obligación que acompañará a la hipoteca durante años, aunque la decisión final dependa del prestamista.

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¿Tienes un aplazamiento concedido y pagos al día?

Compara el escenario actual con el escenario posterior a la última cuota para entender cuánto margen real puedes tener.

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Casos prácticos

Tres escenarios de autónomos con deuda tributaria

Escenario 1: deuda pequeña y regularizada. Un profesional tiene ingresos netos sostenibles de 3.400 euros, 6.000 euros aplazados con una cuota de 250 euros y buen ahorro. La deuda existe, pero el expediente puede explicar claramente cuánto cuesta y cuándo termina. La clave es que la nueva hipoteca siga dejando margen suficiente.

Escenario 2: deuda elevada y poca liquidez. Una autónoma factura bien, pero acumula 28.000 euros en obligaciones tributarias, tiene poca reserva y necesita financiación alta para la vivienda. Aunque no tenga préstamos bancarios importantes, la combinación de deuda fiscal, entrada reducida y caja limitada puede hacer el expediente mucho más exigente.

Escenario 3: deuda en ejecutivo sin regularizar. El solicitante desconoce el importe exacto, existen cargos y notificaciones pendientes y quiere firmar arras antes de revisar la situación. Aquí la prioridad debería ser ordenar la deuda y determinar el flujo de caja real antes de comprometerse con una compra.

Estos ejemplos son orientativos. No representan criterios automáticos de aprobación, pero muestran por qué la misma etiqueta —«deuda con Hacienda»— puede esconder perfiles muy distintos.

No mezclar conceptos

Hacienda, ASNEF y CIRBE: tres cosas distintas

Una deuda tributaria no debe confundirse con un préstamo registrado en CIRBE ni con una incidencia en un fichero privado de solvencia. CIRBE recoge riesgos financieros declarados por entidades. Los ficheros privados de impagados operan bajo requisitos propios de protección de datos. Hacienda gestiona obligaciones tributarias y recaudación.

Un autónomo puede tener deuda tributaria y CIRBE limpio de préstamos importantes; puede tener muchos préstamos perfectamente pagados y ninguna deuda con Hacienda; o puede reunir ambas cosas. El banco evaluará el conjunto y, además, consultará CIRBE y registros privados de información crediticia en los términos previstos por la Ley 5/2019.

Separar los conceptos permite actuar mejor: CIRBE se revisa con Banco de España, la situación tributaria con AEAT y una incidencia privada con el fichero correspondiente. No intentes resolver tres problemas distintos con una única acción.

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Ordena cada tipo de deuda por separado

Hacienda, préstamos bancarios e incidencias de impago requieren documentos y soluciones diferentes. Después se integran en un único análisis de solvencia.

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Evita fricciones

Errores frecuentes antes de pedir hipoteca con deuda a Hacienda

El primer error es ocultar la deuda o minimizarla. Si afecta a extractos, certificados o documentación fiscal, aparecerá tarde o temprano y obligará a rehacer el análisis. El segundo es pagarla usando todo el ahorro sin recalcular entrada y gastos. El tercero es asumir que un aplazamiento significa que la deuda «ya no cuenta» para el presupuesto.

Otro fallo habitual es firmar arras antes de aclarar si el expediente financiero es viable. Cuando existe una obligación tributaria significativa, la incertidumbre es mayor y conviene entenderla antes de asumir penalizaciones contractuales. También es un error usar facturación bruta como si fuera ingreso personal disponible o comparar la futura cuota hipotecaria sin sumar préstamos, tarjetas y la cuota del aplazamiento.

Por último, evita conclusiones absolutas del tipo «con deuda a Hacienda ningún banco presta» o «si tengo certificado positivo me aprobarán». Ambas simplifican demasiado. La solvencia hipotecaria depende de un análisis global y de la política de riesgos de cada entidad.

Plan de acción

Paso a paso antes de presentar la solicitud hipotecaria

1. Consulta la deuda real. Importe, concepto, fase y vencimientos. 2. Revisa si existe aplazamiento, fraccionamiento o suspensión. Guarda resolución y justificantes. 3. Solicita el certificado tributario cuando sea útil para documentar la situación. 4. Descarga tu CIRBE para conocer la deuda bancaria por separado. 5. Calcula ingresos netos sostenibles, no el mejor mes ni la facturación bruta.

6. Suma todas las cuotas. Incluye préstamos, tarjetas, avales cuando impliquen riesgo, aplazamiento tributario y la hipoteca estimada. 7. Protege la liquidez. Comprueba cuánto ahorro queda después de pagar deudas, entrada y gastos. 8. Prepara una explicación breve. Motivo de la deuda, solución adoptada y situación actual. 9. Compara ofertas solo cuando el expediente esté ordenado. 10. No firmes compromisos de compra que dependan de una financiación todavía incierta.

Este orden reduce preguntas, evita contradicciones documentales y permite comparar hipotecas sobre una base más realista. Si la situación tributaria es compleja, combina el análisis hipotecario con asesoramiento fiscal independiente.

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Prepara el expediente antes de buscar la oferta

Un perfil con deuda tributaria bien explicada, pagos trazables y presupuesto realista se analiza mejor que una solicitud incompleta.

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Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre hipoteca para autónomos con deudas con Hacienda

¿Puedo conseguir una hipoteca si debo dinero a Hacienda?

Puedes solicitarla. No existe una prohibición legal general por el mero hecho de tener deuda tributaria, pero el banco evaluará cómo afecta esa obligación a tu capacidad de pago, ahorro y estabilidad financiera.

¿Una deuda aplazada con Hacienda impide estar al corriente?

El Reglamento prevé que, a efectos del certificado, las deudas o sanciones en período ejecutivo que estén aplazadas, fraccionadas o cuya ejecución esté suspendida no impidan por ese solo motivo cumplir el requisito relativo a deudas ejecutivas. Deben cumplirse también los demás requisitos del certificado.

¿El banco ve mis deudas con Hacienda en CIRBE?

La CIRBE recoge préstamos, créditos, avales y garantías declarados por entidades financieras. Una deuda tributaria no aparece allí por ser deuda con Hacienda, aunque puede resultar relevante por otros documentos y por su efecto sobre la tesorería.

¿Es obligatorio entregar al banco un certificado de estar al corriente con Hacienda?

No existe una regla general en la Ley 5/2019 que obligue a todas las entidades a pedir ese certificado a todos los solicitantes. El banco sí puede solicitar la información y pruebas necesarias para evaluar la solvencia.

¿Me conviene pagar toda la deuda antes de pedir hipoteca?

Depende. Cancelarla puede liberar cuota y simplificar el expediente, pero también puede reducir la entrada y el colchón de liquidez. Compara ambos escenarios antes de decidir.

Fuentes oficiales

Fuentes y criterio utilizado en esta guía

Esta guía se ha contrastado con la Ley 5/2019 reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, especialmente sus artículos sobre evaluación e información de solvencia; con el Banco de España (CIRBE) y con la Agencia Tributaria para certificados, consulta de deudas, pago y aplazamientos.

Para el certificado de estar al corriente se ha revisado el artículo 74 del Real Decreto 1065/2007, que contempla expresamente el tratamiento de deudas ejecutivas aplazadas, fraccionadas o suspendidas. Las condiciones concretas de un aplazamiento dependen del tipo de deuda y del procedimiento aplicable, por lo que no deben extrapolarse reglas genéricas a un caso individual.

VIVENDAIA busca posibles soluciones hipotecarias; no concede financiación ni sustituye el asesoramiento fiscal, jurídico o financiero individualizado. Las decisiones de concesión dependen de cada entidad y del expediente completo.

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